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Facturacion CFDi

CFDi en Java

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 El CFDI 4.0 entra en vigor el 1 de enero de 2020

este cambio se debe al proyecto de Reforma Fiscal que pretende modificar el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal, RMF.

El CFDI 4.0 incluye cambios en el COMPLEMENTO DE PAGOS, asi como en el servicio de CANCELACION DE CFDI

¿Que cambios habra en el CFDI 4.0?

Entre los nuevos cambios en el xml cfdi 4.0 estan;

  • Domicilio fiscal del receptor y su régimen fiscal.
  • Conceptos con mensajes explícitos sobre impuestos.
  • Facturas mediante adquirientes
  • Información de facturas globales (público en general).
  • Información de terceros (a cuenta de terceros).
  • Atributos para exportación.

Mas cambios

Anexo 20 cfdi 4.0

El anexo 20 tiene estos principales cambios

  • Se precisan descripciones de Nodos y Atributos.
  • Se incluye nuevos atributos:
  1. Exportación.
  2. FacAtrAdquirente.
  3. DomicilioFiscalReceptor.
  4. RegimenFiscalR.
  5. ObjetoImp.
  • Se cambia la secuencia de CfdiRelacionados.
  • Inclusión de reglas de validación para los nuevos Nodos y Atributos.
  • Inclusión de nuevos catálogos.

Cambios en el Complemento de pagos versión 2.0 CFDI 4.0


  • Se incluye un nuevo elemento: Totales.
  • Se elimina el atributo MetodoPagoDR.
  • Se incluye nuevo atributo (ObjetoImp).
  • Se adecuan los impuestos a nivel del documento relacionado.
  • Inclusión de reglas de validación para los Nodos y Atributos de los impuestos.

Cambios en el Servicio de cancelación para el CFDI 4.0

  • Se modifica el esquema y se incluye el motivo de cancelación.
  • Se incluye el folio fiscal que sustituye al comprobante cancelado.
  • Se adecuan las validaciones para limitar la cancelación solamente al ejercicio en que se haya emitido.
  • Facturas globales emitidas por contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza, RESICO.

Cambios en el CFDI 4.0 para la exportación

Será el exportador quien tenga la obligación del expedir el comprobante por los actos o actividades que se efectúen, por los ingresos percibidos o por las retenciones realizadas, otorgando certeza jurídica a las personas que exportan mercancías que no sean objeto de enajenación o cuya enajenación sea a título gratuito.

 

 


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